Durante los siglos XV y XVI las víctimas preferentes de la Inquisición fueron los judaizantes, moriscos y protestantes, pero con el paso del tiempo se persiguió todo aquello que pareciera estar en desacuerdo con la la religión oficial, sobre todo, las supersticiones.
En cuanto al proceso penal inquisitorial os explico a continuación algunas de sus características:
Como vemos, el que era acusado ante el inquisidor lo tenía muy dificil librarse de una condena.
Ahondando más en este proceso, que seguía una serie de fases que estaban reguladas por las Instrucciones de los Inquisidores Generales y por la Suprema. Tomás de Torquemada (1483-1498) y Diego de Deza (1498-1507) , dieron las primeras, que fueron completadas más tarde con las de Fernando Valdés (1547-1566).
Al principio, el inicio de la actividad inquisitorial lo establecía la promulgación del edicto de gracia o de fe. En ambos casos se publica una lista de herejías y se exhortaba a la población a denuncia a quienes la practicasen durante un plazo de cuarenta días. Quienes durante ese plazo se presentasen voluntariamente a inculparse, podrían reconciliarse con la iglesia a cambio de una pena leve. Era un sistema que invitaba a la delación anónima. Cuántos no denunciarían a un vecino que no les caía bien o con el que habían tenido un problema o una disputa…
A partir de la denuncia, la maquinaria inquisitorial se ponía en marcha de manera inexorable. Cuando se consideraba que los hechos presentados era herejía se detenía al acusado, había ocasiones que incluso no había denuncia previa y se actuaba de igual manera. Esto, como es obvio, ocasionó más de un encarcelamiento indebido.
Una vez detenido, el reo se llevaba a las cárceles secretas de la inquisición, donde permanecía incomunicado, y se iniciaba la fase sumarial en la cual el juez investigaba los hechos, acumulando pruebas. Como os he comentado antes, el reo ignoraba de qué se le acusaba y se iniciaba el proceso de interrogatorio simple, vamos que no se le torturaba.
El juicio ya se abría cuando se determinaban los cargos, en ese momento se le informaba de qué se le acusaba y ya podía ser asistido por un abogado, éste intentaría probar la inocencia de su defendido. Esta es la fase probatoria. Si no se aceptaban las pruebas de la defensa, era lo más habitual, se esperaba a que el reo se declarase culpable. Si éste no lo hacía libremente era imprescindible arrancársela mediante tormento. Y es aquí donde entra en escena uno de los aspectos más escabrosos de la inquisición, la tortura.
Bueno os dejo hasta la próxima entrada sobre la Santa Inquisición en Toledo. Nos Vemos!!!
Lucia Balmaseda Martín.